Abogados expertos en la fijeza de funcionarios interinos en Tenerife

¿Se puede transformar un contrato de interinidad en indefinido no fijo? Te contamos cómo

¿Se puede transformar un contrato de interinidad en indefinido? ¿Qué opciones tiene el funcionario interino para obtener un contrato indefinido no fijo en la Administración Pública? ¿Cuándo se encuentran los interinos en fraude de ley?

Estas son algunas de las preguntas que se hacen trabajadores de la Administración Pública cuyos contratos no son fijos, como los de funcionarios o personal estatutario, sino que tienen contratos temporales desde hace años, de forma fraudulenta. Esto ocurre en toda la Administración Pública, sea  estatal, autonómico, local… y en todo tipo de materias, destacando la medicina y la docencia. Se les conoce como personal interino y personal eventual. Existen, tanto en el sector propio del empleado público, como funcionarios interinos o personal laboral eventual o interino, como en el sector sanitario y su régimen estatutario.

¿Qué ha ocurrido tras las últimas modificaciones que han tenido lugar en los dos últimos años? Ha habido numerosas sentencias del TJUE, así como del Supremo y esto ha provocado la aparición de una serie de modificaciones.

Durante los últimos años ha sido muy frecuente que funcionarios interinos y personal eventual de toda España vengan desempeñando su puesto de forma temporal, encadenando contratos pero sin que la posibilidad de obtener una plaza fija llegue a materializarse.

Esta situación provoca, entre otras cosas, que no tengan estabilidad, ni reciban una indemnización en caso de cese o cuando su plaza sea ocupada, encontrándose en una especie de ‘limbo’ jurídico que merma sus derechos.

Si es tu caso, existen novedades legislativas, así como reciente jurisprudencia, que te permiten hacer valer tus derechos. El futuro de los interinos en España, afortunadamente, se encuentra más esclarecido gracias a estos pasos legales, y es sencillo ver reconocidos tus derechos laborales si reclamas.

Hazlo de la mano de un abogado especializado en personal de las administraciones y con experiencia en la tramitación de procedimientos reconocimiento de fijeza de personal interino y eventual de la administración pública en Tenerife.

Fijeza de funcionarios interinos: ¿Cuáles son los requisitos para reclamar?

Existen ciertas características en común que permiten tramitar un expediente para intentar hacer fijos a los interinos. Son las siguientes:

  • Haber opositado para una plaza acorde a tu formación y/o posibilidades de estudio.
  • Haber aprobado pero sin conseguir puesto, pasando, entonces, a una bolsa de sustituciones.
  • Haber sido llamado para ocupar una plaza de las que quedaron desiertas o no se ofertaron (por ejemplo, con un contrato de interinidad por plaza vacante). También si se es llamado para cubrir una plaza y esta situación se perpetúa durante más de dos años si e spersonal estatutario; o tres si es de la administración publica en general.
  • Llevar ocupando ese puesto más de tres años sin acceder a esa plaza de forma definitiva.

Si te encuentras en esta situación, podría llegar a ser viable tramitar o reclamar la fijeza de los internos es posible gracias a criterios jurisprudenciales, ente ellos del Tribunal Supremo, que entienden que el trabajador reúne requisitos de méritos y capacidad, al haber superado oposición. A esto se le añade la posible situación de fraude contractual derivado de ocupar una plaza que es estructural o debería estar en la RPT. También se da en los caso en los que, además, se ha podido constatar que plazas ofertadas están vacantes o que hay plazas que deberían haberse convocado.

En estos casos entendemos que se puede luchar por que se reconozca el derecho a la plaza fija en cuestión, tal y como ya han reconocido algunos Tribunales superiores de justicia , como el de Cataluña o el de Madrid, (véase STSJ\Social Madrid 21/7/21; STSJ Cataluña 17 de noviembre 2021 (rec. 3818/2021); o en el caso de personal laboral interino de empresas públicas, los casos de AENA SSTSJ BALEARES 25 DE MARZO Y (2) 15 DE ABRIL 2020 (REC. 136/2019; REC. 131/2019; Y REC. 110/2019) y, subsidiariamente, el indefinido no fijo.

En su sentencia de junio de 2021, el Tribunal deja claro que, como norma general, los trabajadores que hayan recibido varios nombramientos, o los que hayan permanecido durante un periodo injustificadamente largo de tiempo en el mismo puesto de trabajo de modo ininterrumpido y, además, hayan desempeñado de forma constante y continuada las mismas funciones, superando el plazo de los 3 años que fija el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), modificado por el conocido como Decreto Iceta, pueden y deben ser reconocidos como indefinidos no fijos. Si se le suma, lo ya mencionado, de mérito y capacidad de las oposiciones, habiendo sido superadas pero sin obtener plaza, acreditando que si había vacantes de las características de la oposición y que la administración no las sacó, podría plantearse la relación fija.

Además, en general, siempre que exista fraude de ley en la contratación, también se deberá considerar la situación de indefinido no fijo. Así, aunque el cómputo de la antigüedad es importante, no es el único factor. También han empezado a aparecer casos en los que, reuniendo el perfil descrito, algún Juzgado Contencioso Administrativo ha valorado la fijeza.

Este criterio emana, a su vez, del marcado poco antes por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su sentencia de 3 de junio de 2021, en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid.

En esta sentencia, el TJUE ya abrió la puerta a considerar indefinido no fijo al personal al servicio de las administraciones públicas que superara el plazo de 3 años previsto en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público.

Además, el TJUE censuró que la normativa nacional no incluyera ninguna medida destinada a prevenir y, en su caso, sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada.

Esto ha conducido, también, al RDL de ICETA, respaldado por el parlamento mediante la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

¿Tienes un contrato de interinidad con la Administración Pública y quieres saber si puedes reclamar su fijeza? Contáctanos y estudiaremos tu caso.

¿Qué es un indefinido no fijo y cuáles son sus ventajas frente al interino? ¿Qué implica pasar de interinos a fijos?

Son figuras prácticamente similares en un nexo y es que el indefinido no fijo es una simulación, creada por jurisprudencia y recogido, ahora, por ley, en la que se penaliza la actitud abusiva de la Administración Publica respecto al personal no fijo. El nexo que guarda con el interino es que tampoco tiene fijeza, aunque se diferencia en que tiene más fuerza, no siendo una contratación eventual en si (aunque tampoco es fija). Esta distinción y el hecho de, basándonos en los criterios antes expuestos, permite luchar por el reconocimiento de la fijeza o en convertir interinos en indefinidos no fijos. Ambas, respecto al anterior panorama, tiene sus repercusiones positivas para el funcionario: la figura del indefinido no fijo supone, entre otras cosas, derecho a indemnización por cese.

En este sentido, la figura del trabajador indefinido no fijo de las Administraciones Públicas surgió precisamente como una respuesta de los tribunales a aquellas situaciones de contratos temporales en fraude de ley, respuesta que se debe a la evolución de numerosos procedimientos judiciales.

Se trata de una solución híbrida que permite aplicar a funcionarios interinos de larga duración las condiciones del personal laboral indefinido, según la normativa laboral. Así, se garantiza a los interinos la aplicación de los derechos laborales de un indefinido. Por ejemplo, en cuanto al posible despido improcedente del personal laboral en la administración pública.

También es posible la consolidación del personal laboral indefinido no indefinido en la administración pública en determinados casos, dando así carácter estructural a empleos temporales.

Sin embargo, el personal fijo (en el sentido de que se genere el derecho a conservar esa plaza fija de forma permanente) solo puede corresponder al funcionario. Dado que en estos casos normalmente no se ha dado el correspondiente proceso de selección o promoción que responda a los principios de igualdad, mérito y capacidad, no se puede considerar fija la plaza obtenida por fraude de ley, pero sí corresponde darle la categoría de indefinida. No obstante, si se dan los requisitos antes expuestos (aprobar oposición pero sin obtener plaza, pasar a lista, ser llamado a cubrir un puesto en el que se permanece más de tres años y que debe entenderse estructural), este despacho entiende que existe un principio de viabilidad a intentar adquirir dicha condición, por reunirse los requisitos de mérito y capacidad, superar los mismos y , sin embargo, no ocupar ninguna plaza y, por ende, puede ser viable una demanda en dicha línea.

Si quieres reclamar por un contrato de interinidad en la Administración Pública, ponte en contacto con nuestros abogados en Tenerife. Nos encargaremos de la reclamación previa a la vía jurisdiccional social (en forma de reclamación prejudicial) y, en caso de ser necesario, te defenderemos en los tribunales para ver garantizados tus derechos.

Desde nuestro despacho en Tenerife velamos por los derechos de los interinos. Ponte en contacto con nosotros para más información.


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