Ente otras cosas, es importante obtener pruebas para demostrar el acoso laboral. Por ejemplo, emails, grabaciones de conversaciones (audio y/o vídeo), testigos, informes periciales o psicológicos, tu propio testimonio, conversaciones mantenidas a través de cualquier medio (WhatsApp, redes sociales…), partes de baja laboral… Ante la duda, recaba todas las pruebas que puedas y ponte en contacto cuanto antes con un abogado especialista en mobbing o acoso laboral. Hay que tener en cuenta que es función del trabajador el demostrarlo pero, como se ha expuesto, valen medios muy habituales en nuestro día a día, como audios captados por el teléfono móvil, videos, etc.
Desde nuestro despacho de abogados en Tenerife especialistas en mobbing podemos ayudarte a luchar contra el acoso / bullying laboral.
En estos supuestos de acosos, hay acciones específicas, una de ellas es la de extinción de relación laboral, para el caso en el que el trabajador quiera cesarla. El resto es la tutela de derechos fundamentales que veremos en el siguiente apartado.
Por contra, no estaremos ante un caso de acoso laboral cuando se trate de un conflicto puntual, o cuando el conflicto no tenga la entidad de acoso por su escasa gravedad.
A veces la línea entre lo reprobado por nuestro ordenamiento jurídico y un simple situación conflictiva es difícil de medir, pero pueden ayudarnos factores como la asimetría en la relación laboral (una coacción que tenga carácter asimétrico), o la voluntad o intencionalidad de acosar por parte del acosador.
Las características son, según la jurisprudencia:
Vulneración de derechos fundamentales en el ámbito del derecho laboral.
Son un conjunto de derechos inalienables que pertenecen a toda persona por razón de su dignidad humana, se encuentran regulados en el Título I de la Constitución Española. Los Derechos Fundamentales en el Trabajo son valores mínimos aplicables y exigibles a todos los países independientemente de su nivel de desarrollo. Los Derechos Fundamentales en el Trabajo son universales, es decir, valen para todas las personas en el mundo, por eso forman parte de los derechos humanos. De ahí que su vulneración sea protegida por dicha tutela de derechos y sea, incluso, motivo de solicitud de extinción de la relación laboral en virtud del artículo 50 LET.
Además, los derechos fundamentales que pueden verse lesionados son varios, especialmente el derecho a la dignidad, el derecho a la igualdad y no discriminación, el derecho a la integridad física y moral, el derecho al honor y a la propia imagen, derecho a la intimidad personal familiar, a la libertad de expresión y comunicación, y derecho a la tutela de sus derechos y a no vulnerar el principio de indemnidad.
Esta acción procesal tiene su origen en el artículo 183 Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que establece, entre otras, acreditada una vulneración de Derechos Fundamentales, la sentencia deberá pronunciarse sobre la cuantía de la indemnización.
Esta acción da derecho a solicitar indemnización adicional por dicha vulneración de derechos fundamentales y por daños y perjuicios, los cuales se tasaran acorde a lo que los acredite o, como también ocurre, acorde a las sanciones que recoge la LISOS para este tipo de actos.
Esta tutela de derecho fundamentales se puede poner por acoso, o en combinación con demandas por despido, movilidad geográfica y sustancial y conciliación de vida laboral y familiar (en la que se argumente que se ha procedido a movilidad o a modificación sustancial o a vulnerar la conciliación laboral y familiar sin causas siendo esta, en realidad, el acosar al trabajador)
En los casos de mobbing también suele darse un bloqueo de las situaciones que podrían mejorar el ambiente laboral: no hay una voluntad de mejora por parte del acosador.
Ante la duda, consulta a un abogado especialista en mobbing.
Cómo denunciar por acoso laboral
Si te preguntas qué hacer en caso de mobbing en el trabajo, debes saber que puedes denunciar esta situación presentando una demanda por acoso laboral. A la hora de denunciar el mobbing, debes tener en cuenta que puedes emprender distintas acciones:
- Desde el punto de vista Laboral, tendrás derecho a la extinción de la relación laboral y a una indemnización equivalente a la prevista para el despido improcedente.
- Además, si te han despedido, podrás impugnar el despido reclamando que se declare nulo o improcedente, en función del caso.
- Por otro lado, podrás reclamar una indemnización por acoso laboral, tanto por daños morales como por daños y perjuicios derivados de la vulneración de tus derechos fundamentales.
- Es posible interponer una denuncia ante la Inspección de Trabajo para que un inspector compruebe los hechos, pudiéndose sancionar a la empresa.
- Por la vía Penal, puedes conseguir que se imponga una pena de privación de libertad contra el acosador.
- A nivel interno de la empresa, puede solicitarse la apertura de un expediente de protocolo de acoso.
Sea cual sea tu caso, estamos especializados en casos de acoso laboral o mobbing. Ponte en contacto con nosotros y haz valer tus derechos.