Abogados especialistas en Derecho de Familia en Tenerife

Cuenta con un asesoramiento legal cercano y a medida para tus asuntos familiares

Custodia compartida, matrimonio, patria potestad, divorcio… Son muchos los conceptos jurídicos fundamentales del Derecho de Familia que sirven para definir la forma en que nos relacionamos, así como para acotar los límites legales de estas relaciones personales. Se trata de un área del Derecho en la que tratamos asuntos delicados, muy íntimos y con implicaciones sentimentales importantes.

Si necesitas un abogado de familia, contáctanos. Nuestros abogados cuentan con una amplia experiencia.

¿Qué es el Derecho de Familia en Derecho Civil?

El Derecho de Familia es una especialidad legal dentro del Derecho Civil, y se encarga de regular las relaciones privadas entre personas, unidas por vínculos sentimentales, ya sea de forma formal o por convivencia, así como respecto a sus descendientes. Es el conjunto de normas jurídicas que regulan los asuntos que afectan a los miembros de una familia, entendida como una institución natural y social.

 

¿Qué aspectos regula el Derecho de Familia?

Los derechos de los integrantes de la familia recogen un espectro muy amplio que va desde las reglas del juego en materia de matrimonio o pareja de hecho hasta las que definen la separación o el divorcio, pasando por los entresijos de la custodia de menores, las relaciones económicas familiares…

Estas son algunas de las áreas en que trabajamos como abogados de Familia:

  • Capitulaciones matrimoniales
  • Régimen de la pareja de hecho
  • Divorcio y separación
  • Convenio regulador (divorcio, separación o respecto a las medidas sobre hijos no matrimoniales)
  • Custodia de hijos
  • Custodia de mascotas
  • Pensión de alimentos
  • Pensión compensatoria
  • Derecho de uso de la vivienda familiar
  • Disolución y liquidación de sociedad conyugal
  • Patria potestad
  • Incapacitaciones

El ejemplo más claro y frecuente de conflicto en el ámbito del Derecho de Familia es el divorcio.

Cuando los pilares de una relación se tambalean, aparecen de forma colateral consecuencias económicas importantes, y es habitual que surjan dudas acerca de cómo disolver y liquidar la sociedad conyugal y repartir los bienes, qué ocurre con la vivienda familiar, qué posibles pensiones pueden generarse hacia alguna de las partes para compensar su dedicación al matrimonio o para cubrir los gastos de los hijos en común

Otro punto de conflicto especialmente doloroso suele ser la fijación del régimen de custodia de los hijos. En la actualidad, la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo entiende que, por defecto, la custodia compartida debe ser el régimen que se aplique, lo que, si bien ayuda en casos de divorcios de mutuo acuerdo, a veces genera problemas en los contenciosos cuando una de las partes quiere la custodia monoparental. ¿En qué casos debe dársele la custodia a uno solo de los progenitores? ¿Qué vale como argumento para ello? Son cuestiones en las que podemos ayudarte, al igual que podemos hacerlo para que logres la custodia compartida si se plantea una de esas situaciones en las que la otra parte no la desea.

Para evitar este tipo de conflictos, es importante prevenir y contar con un asesoramiento jurídico en cada fase de nuestras decisiones legales en materia de familia: desde el momento en que decidimos casarnos o formar una pareja de hecho, pasando por la firma de acuerdos privados que marquen reglas del juego en materia económica (puedes hacerlo en cualquier momento de la relación), hasta las consecuencias de una posible ruptura y las relaciones posteriores entre los miembros de la pareja disuelta (muchas veces limitadas al ejercicio del régimen de custodia acordado o decidido por la justicia).

Si te enfrentas a algún tipo de reto legal relacionado con tu situación familiar, ponte en contacto con nuestro equipo de abogados especialistas en Derecho de Familia en Tenerife.

Abogados especialistas en divorcio y separación en Tenerife

En caso de encontrarte en una situación sentimental compleja en la que creas que la ruptura es la mejor solución, existen vías legales para formalizar y definir este nuevo escenario, estableciendo reglas sobre cómo se ejecutará la ruptura y cómo se desarrollará la relación posterior entre los miembros de la familia.

El primer paso es decidir qué instrumento se ajusta mejor a tu caso:

  • Separación: Después de la reforma que posibilito el divorcio sin motivación y directamente, sin pasar por la separación esta algo en desuso. Su principal característica es que el vínculo matrimonial no se rompe, pero sí se produce un cese de la convivencia, lo que implica que deben adoptarse decisiones importantes sobre la vida por separado: cómo se ejercerá la custodia de los niños, quién vivirá en el domicilio conyugal, si se generarán posibles pensiones hacia alguna de las partes… La separación no es definitiva como el divorcio, aunque puede desembocar en este si deseamos formalizar la ruptura y hacerla definitiva.
  • Divorcio: El divorcio supone la ruptura del vínculo matrimonial, lo que implica, entre otras cosas, que los miembros de la pareja podrán volver a casarse. También en este caso se adoptan decisiones importantes que afectan a custodia, uso de la vivienda familiar, posibles pensiones (alimentos o compensatoria), disolución y liquidación de la sociedad conyugal… Si tienes claro que la ruptura debe ser definitiva, el divorcio es la mejor vía. Siempre será mejor que se desarrolle de forma amistosa y que se adopten decisiones fruto del consenso.

Además, las rupturas de parejas de hecho también pueden acarrear decisiones importantes y no pocos conflictos, especialmente si no se firmó ningún acuerdo privado previamente, si existen hijos en común, si la pareja cuenta con bienes compartidos y no hay acuerdo sobre cómo dividirlos…

En ambos casos, así como en el caso de parejas de hecho con hijos que desean formalizar medidas de cara a los mismos hay dos formas de plantearlas: de mutuo acuerdo, lo que conlleva un procedimiento más sencillo en el que solo hace falta un procurador/a y abogado/a para ambas partes (se puede, también, ir cada uno con el suyo) y en el que, con la demanda, se aporta convenio regulador que será homologado por el juzgados. Si hay menores, además, habrá informe de la fiscalía sobre si el convenio no atenta contra los derechos de los menores. Se convoca a cada uno de los integrantes del matrimonio para que se ratifiquen en el convenio y, tras esto y el informe antes reseñado si hay hijos menores de edad, se dicta resolución aprobándolo. No tiene por qué durar micho tiempo.

La otra forma es la contenciosa, que es para los casos en los que las partes no están de acuerdo en las medidas a adoptar. Cada uno de ellas ha de ir con procurador/a y abogado/a propio y en estos casos si hay un juicio. Se interpone demanda y se le da plazo de 20 días a la otra, para que conteste y se celebra un juicio tras dicha contestación. Estos casos si suelen durar un poco más.

En cualquier de los supuestos relatados, puedes contar con este despacho especializado en este tipo de procedimientos.