SE RECONOCE LA EPICONDILITIS COMO ENFERMEDAD PROFESIONAL PARA LOS TRABAJOS EN RESIDENCIAS DE ANCIANOS

SE RECONOCE LA EPICONDILITIS COMO ENFERMEDAD PROFESIONAL PARA LOS TRABAJOS EN RESIDENCIAS DE ANCIANOS

Fuente ADN Social y STS 13-11-19

El TS ha reconocido como enfermedad profesional la epicondilitis padecida por una gerocultora de una residencia de ancianos que con frecuencia se ve obligada a mover, cambiar y acostar a las personas que cuida; movimientos de cuerpos pesados que sobrecargan sus músculos y tendones.

El CASO.- La cuestión que se plantea consiste en determinar si la epicondilitis que padece una trabajadora, gerocultora de profesión que presta sus servicios en una residencia de la tercera edad, tiene un origen común o profesional. En vía administrativa se entendió que no procedía calificar como profesional esta contingencia causante de un proceso de IT, siendo confirmado por el juzgado de lo social pero revocado en suplicación al entender que el origen de la epicondilitis está trabajo desempeñado por la actora. Contra esta resolución, la mutua, que entiende que el trabajo de una gerocultora no está comprendido comprendidos en el citado apartado, ni exige realizar los movimientos y esfuerzos que requiere la calificación como profesional de la epicondilitis, interpone recurso de casación para la unificación de doctrina.

El TS recuerda que el método GINSHT, desarrollado por el INSST, como guía para el levantamiento de cargas superiores a 3 kilos pone el acento en que a la altura del codo no se deben levantar cargas superiores a 11 kg, si se hace lejos del cuerpo, y a 19 kg, si se hace de cerca, lo que se ve agravado cuando se agarran, levantan y mueven objetos voluminosos e irregulares, así como por la frecuencia y duración de la manipulación.

Considera que aunque en la profesión de gerocultora no todo el tiempo se dedica a realizar tareas de esfuerzo, es cierto que con frecuencia tienen que realizar labores de carga y movilización de los ancianos que cuidan y repetir movimientos de fuerza con manos y brazos, que recargan los músculos y tendones de sus brazos, así como su columna vertebral con cargas superiores a 20 kg al tratarse de personas que no tiene volumen uniforme, en postura inclinada sobre la cama, o silla de ruedas, y otras posiciones en la que se encuentran las personas que atienden. Esto supone que se realizan esfuerzos intensos con manos, muñecas y brazos en posturas forzadas que suponen una recarga de los tendones que repetida varias veces al día acaba produciendo la lesión cuyo carácter profesional se reclama.
Por ello, se desestima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la representación legal de Mutua confirmando la sentencia del TSJ.

Veamos este cuadro resumen:

Conce​pto
– es una inflamación de la zona de inserción de los músculos epicondíleos que afecta a la bolsa humeral, el periostio y el ligamento anular;

– se produce tras movimientos repetidos de pronación y supinación de la mano con el codo en extensión.

Síntomas​
– dolor en el epicóndilo que se irradia de forma difusa al antebrazo, impidiéndole llevar a cabo ciertos movimientos habituales (dar la mano, levantar peso, usar una herramienta…).
Condic​iones de riesgo
– movimientos de pronación y supinación de la mano teniendo el codo en extensión

– tareas manuales intensas adquiriendo posturas forzadas.

– movimientos repetitivos e intensos, esto es, movimientos aplicados con fuerza, de la muñeca y los dedos. Se utilizan los músculos que tiran de la mano cuando doblamos la muñeca hacia atrás (flexión dorsal de la mano) llamados «músculos extensores».

– traumatismos provocados por accidentes. Esto ocurre en raras ocasiones como, por ejemplo, un golpe, caída o tirón en la zona del codo.

– otras condiciones de riesgo asociadas a los movimientos repetidos:

  • manipulación de herramientas de más de 1 Kg de peso;
  • manipulación de cargas pesadas de 20 Kg o más por lo menos 10 veces al día;
  • movimientos repetitivos durante más de 2 horas por día.
Condiciones de trab​​ajo y actividades cuadro de enfermedades prof​esionales (RD 1299/2006) ​​
Trabajos que requieran movimientos de impacto o sacudidas, supinación o pronación repetidas del brazo contra resistencia, así como movimientos de flexo-extensión forzada de la muñeca. Carniceros, pescaderos, curtidores, deportistas, mecánicos, chapistas, caldereros, albañiles (1).
(1) No se trata de una lista cerrada y se han de incorporar aquellas actividades que resulten funcionalmente análogas a las descritas, gerocultor (TS 13-11-19); operario de limpieza de edificios​ (TSJ Madrid 20-3-03, EDJ 105751); y oficial en una máquina de inyección de carrusel en una empresa de calzado (TSJ La Rioja 16-5-00 , EDJ 117253); músico de viola (TS 8-1-19, EDJ 507520); ​. No se considera para una cajera de banco (TS 20-10-08, EDJ 222470),

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